El momento constituyente en Chile

Actualmente Chile está viviendo un momento constituyente que inició el 18 de Octubre de 2019 con una serie de protestas masivas que los medios denominaron estallido social. Estos eventos llevaron a que, el 15 de noviembre de 2019, las fuerzas políticas del país firmarán un gran acuerdo para realizar un plebiscito con el propósito de elaborar una nueva Constitución Política. Chile, hoy, vive un momento constituyente.

¿Qué es, exactamente, un momento constituyente? Se trata, en pocas palabras, de un momento en el que aparece una inversión en la relación que existe entre los hechos sociales y las normas sociales.

En tiempos normales (momentos constituidos), las normas son la medida de los hechos. En otras palabras, se supone que las normas existen para afectar el comportamiento de los individuos y que estos, a su vez, actuarán conforme a estas normas e instituciones establecidas. Si el comportamiento de un individuo o grupo no se adecua a las normas, entonces tal comportamiento es declarado «ilegal».

En los momentos «constituidos», los poderes constituidos (Presidente, Senado, Tribunales, Partidos Políticos, etc.) son creados y limitados por las normas. Si alguno de estos poderes se desvía de estas normas sus acciones y decisiones pueden ser consideradas nulas, vacías o incluso ilegales. Sin embargo, todo esto cambia cuando irrumpe un poder social cuyo acometido es modificar el orden actual.

Poder constituyente

La teoría constitucional denomina «poder constituyente» a aquel poder social que irrumpe y niega las condiciones actuales de vida (demandando nuevas condiciones de vida). El poder constituyente es un poder que no es creado ni regulado por ninguna norma. Es un poder que desafía e invierte la relación entre los hechos sociales y las normas. Es un poder que no tiene competencias pre-establecidas, ni procedimientos dados de antemano.

El poder constituyente no puede ser catalogado como «legal» o «ilegal». No puede ser clasificado como «nulo» o como «vacío». Se trata de una magnitud política que irrumpe el escenario, convirtiendo los hechos en la nueva medida de las normas. En otras palabras, el poder constituyente es aquel que desestabiliza las viejas normas e instituye normas nuevas.

El poder constituyente no debe ser confundido con la suspensión del Estado de derecho. No es el equivalente de un estado de excepción constitucional. Estas situaciones están previstas dentro del orden constitucional y, por ello, no representan una modificación de las normas existentes.

Lo que hace el poder constituyente es cambiar o reemplazar la constitución en formas que no estaban previstas por la constitución vigente. Por ello se dice que este poder no se encuentra limitado por los poderes constituidos o las normas pre-existentes. El poder constituyente puede elegir expresarse en cualquier forma: desde los poderes constituidos formalmente existentes, hasta medios extra institucionales e incluso violentos.

Expresión y represión del poder constituyente

El poder constituyente puede ser canalizado, como se ha dicho, por medio de instituciones constituidas o por vías sus propias vías. Una condición necesaria para la expresión institucional del poder constituyente es que las fuerzas del poder constituido le reconozcan como tal. De hacerlo, el poder constituyente podrá actuar a través de ellas y el cambio constitucional será alcanzado de manera pacífica.

Para que el poder constituyente sea canalizado pacíficamente, es importante que se introduzcan cambios institucionales radicales a tiempo. Será necesario, por tanto, abandonar la perspectiva de acción regular y diseñar nuevas normas que permitan la expresión del poder constituyente y la creación de un nuevo orden social y político.

Sin embargo, este no es siempre el caso. De hecho, que los poderes constituidos sean capaces de canalizar el poder constituyente mediante los cambios radicales necesarios es altamente improbable. Si este proceso falla, el poder constituyente actuará de todas formas, ignorando a los poderes constituidos y adoptando los medios que sean adecuados para su expresión.

El momento de irrupción del poder constituyente puede considerarse como un momento de negatividad («no queremos el orden actual»). Si la violencia y represión de los poderes constituidos es suficiente para detener este momento, este no se desarrollará más allá de esta irrupción (y los eventos no serán más que disturbios). Sin embargo, si el poder constituyente es lo suficientemente fuerte, el momento de negatividad llevará a un momento positivo en el que se crearán nuevas normas.

El caso de Chile

Desde el 18 de Octubre de 2019 y hasta el día de hoy*, Chile ha experimentado la inversión de la relación entre hechos y normas que es característica de un momento constituyente. El acuerdo de noviembre de 2019 creó un proceso constituyente reconocido por los poderes y fuerzas constituidos. Esto significó una modificación sustantiva de la forma en la que se hace «política normal» en este país.

El acuerdo pavimentó el camino para desechar la Constitución Política adoptada en 1980 bajo la dictadura de Augusto Pinochet, primero con un referéndum nacional (en el que se preguntó a la población «¿Quiere Ud. una nueva Constitución?» y «¿Qué tipo de órgano debiera redactar la Nueva Constitución?») y, posteriormente, con la conformación de una Convención Constitucional que inició sus actividades el 4 de Julio de 2021.

El acuerdo de noviembre de 2019 demuestra que los poderes constituidos reconocieron el momento constituyente que se desarrollaba, e hicieron los cambios apropiados para su canalización institucional. De no haberse hecho de esta forma, la estructura institucional completa del país corría peligro.

Algunas personas han afirmado que los cambios introducidos por las fuerzas políticas constituidas no fueron lo suficientemente radicales (respecto de lo exigido por el poder constituyente). Chile, por supuesto, tiene niveles extraordinariamente elevados de desconfianza en la política institucional. El acuerdo de noviembre ha sido observado con recelo por quienes piensan que se trata de un pacto hecho a las espaldas del pueblo, por aquellos políticos que desean obstaculizar los cambios reales.

Los resultados de las elecciones constitucionales de mayo de 2021 (para elegir a quienes redactarán la nueva Carta Magna de la nación) han ratificado la desconfianza que la ciudadanía siente por las fuerzas políticas tradicionales. De los 155 constituyentes electos, 77 provienen de nuevos pactos partidarios y listas independientes que representan fuerzas políticas que buscan introducir cambios radicales en el sistema2.

Por supuesto, sólo el tiempo nos dirá si la vía institucional permite cristalizar en Chile los cambios estructurales que el poder constituyente desea establecer.

*18 de julio de 2021

Este artículo se basa en las siguientes fuentes de información:

  1. Fernando Atria (2020): «Constituent Moment, Constituted Powers in Chile». Law and Critique.
  2. Ciper Chile (2021). «La mitad de la convención: 77 constituyentes electos provienen de listas que impulsan cambios radicales al sistema».

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